¿Quién se encarga de pagar averias cuando vives de alquiler?

Muchos de nosotros preferimos olvidarnos de responsabilidades y alquilar una vivienda. Todo es más sencillo, no hay largos trámites ni hipotecas, puedes cambiar de casa en poco tiempo si el lugar que elegiste no te convence. Parecen todo ventajas, pero ¿qué pasa cuando hay que pagar averias?, ¿quién paga esas roturas y reparaciones, el inquilino o el dueño del inmueble? Quizás no podemos eximirnos de toda responsabilidad a pesar de que el piso no sea nuestro.

Reparaciones en una casa alquilada

Está claro que cada parte debe asumir ciertos gastos y debemos saber con certeza quién paga una cosa u otra. Lo mejor en todos los casos es que antes de completar el acuerdo entre ambos, quede reflejado quién debe pagar las reparaciones en el alquiler.

El inquilino

Todo aquello que puede medirse con contadores individuales deberá ser abonado por la persona que vaya a vivir en la casa. Dentro de este grupo se encuentran los recibos de agua, luz, teléfono, gas o Internet, entre otros.

En el caso de alguna rotura provocada por él o por sus visitas, el inquilino deberá hacer frente al pago del objeto perjudicado.

Un mal uso que traiga consigo una avería o rotura de algún elemento de la vivienda por parte de la persona arrendada, provocará automáticamente que los gastos del objeto los afronte el inquilino.

Pequeños gastos propios de la vida diaria de la casa, como puede ser una bombilla o una correa de persiana, también puede ser abonado por la persona que vive en el inmueble.

El dueño de la casa 

Debe hacerse cargo de los costes del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).

Recibos como los de la comunidad de vecinos o tasas de basuras deben ser pagados por él también.

Todo tipo de seguros en torno al inmueble es cosa del dueño. Es aconsejable que el seguro de la casa tenga una buena cobertura, cuando alquilas a alguien nunca sabes lo que puede pasar.

En el caso de cualquier avería o rotura de importancia, el dueño de la casa debe hacer frente al gasto en su totalidad.

Responsabilidades

El tema de las responsabilidades de unos y otros cuando hay un alquiler por medio suele ser tema de discusión. Por ejemplo, es muy sencillo saber que si hay una queja o multa sobre el ruido, el inquilino es el culpable, pero en el caso de una inundación, puede haber un mal uso y, por tanto, ser culpa del inquilino o puede ser una avería interna y pertenecer, entonces, al dueño.

Lo mejor, sin duda, es dejar todos estos conceptos reflejados en un contrato antes de que se entreguen las llaves. Solo de esta forma conseguirás tener claro quién de los dos debe pagar cuando las averías dan la cara.

 

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